A- de 2021
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Hospital Susana Lopez De Valencia·Demandado Medimas Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para conocer sobre controversias relacionadas con un contrato estatal
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Sexto Administrativo del Circuito de Popayán y Tercero Laboral del Circuito de esa misma ciudad.
La controversia entre los despachos judiciales tuvo su origen en el medio de control de controversias contractuales interpuesto por el Hospital Susana López de Valencia ESE, en contra de Medimás EPS, con el objeto de lograr el pago de facturas adeudadas por la prestación de los servicios de consulta externa, internación, transporte asistencial, apoyo diagnóstico y complementario, urgencias y protección específica a los afiliados de la referida EPS.
La Corte verificó el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y determinó que la competencia para resolver el precitado proceso recae en el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Popayán, a donde ordenó remitir el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.
La regla de decisión aplicada fue la que determina que la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para conocer las controversias relacionadas con la prestación de servicios de salud que forman parte del plan de beneficios con cargo a la unidad de pago por capitación, derivadas de contratos estatales en los que sea parte una Empresa Social del Estado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre los juzgados
- Sexto. Administrativo del Circuito de Popayan y
- Tercero. Laboral del Circuito de esa misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Popayan es la autoridad competente para conocer el medio de control de controversias contractuales promovido por el Hospital Susana Lopez de Valencia E.S.E.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-847 al Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Popayan para lo de su competencia y para que comunique la presente decision a los interesados en este tramite y al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de esa misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.